domingo, 31 de octubre de 2010
Es posible aceptar una herencia con deudas y declararse en Concurso de acreedores
La Ley Concursal vigente, tiene previsto, que una herencia (ente sin personalidad jurídica) pueda presentar Concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos). Siempre se ha dicho, que cuando fallece un señor con muchas deudas, lo mejor es no aceptar la herencia. Con esta premisa, lo mejor es estudiar cada caso.
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