Concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos). Resulta una expresión un tanto despiadada. Muchos se echan a temblar. La antigua “suspensión de pagos” aún sigue siendo muy utilizada por empresarios de la viaje escuela.
La situación deviene, cuando es imposible hacer frente a las deudas por falta de liquidez. Pero si la Pyme tiene en sus activos, bienes, existencias, saldo de clientes etc. Habrá que estudiar como vamos a poner orden para pagar lo que debemos con lo que tenemos.
La ley Concursal que entró en vigor en primero de septiembre de 2004, desarrolla existe todo un procedimiento que es obligatorio seguir y, que, curiosamente, también es la que se encarga de resolver situaciones de liquidación (antigua quiebra).
Llegada a esta situación, será la propia empresa quien, decida voluntariamente entrar a concurso de acreedores y tratar así de pactar con acreedores y llegar a acuerdos de refinanciación.
Estos acuerdos casi nunca llegan ante la falta de información de acreedores, quienes se niegan a pactar rebajas de sus facturas y no aceptan largas esperas lo que conlleva necesariamente a liquidar la empresa en perjuicio de todos.
Estos acuerdos casi nunca llegan ante la falta de información de acreedores, quienes se niegan a pactar rebajas de sus facturas y no aceptan largas esperas lo que conlleva necesariamente a liquidar la empresa en perjuicio de todos.
Si alguien algún acreedor se encuentra en esta tesitura, lo mejor es solicitar asesoramiento por expertos especializados.
¡En GAC ESTAMOS DISPUESTOS A AYUDARLE EN LA TOMA DE DECISIONES!
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