Ante la escasa recaudación de IVA por las ventas de inmuebles de empresas en concurso, ya que este se suele utilizar para satisfacer otros créditos contra la masa, el Gobierno ha incluido una disposición adicional en el proyecto de Ley de Reforma Concursal en la que se invierte el sujeto pasivo del impuesto de forma que será el adquirente quien tenga la obligación de ingresar el IVA. Habrá que ver como se soluciona el hecho de que las compañías tienen derecho a deducir el IVA soportado en sus adquisiciones de bienes y servicios.
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