El requerimiento de pago del juez concursal exonera de la responsabilidad subsidiaria a quienes contratan a deudores de Hacienda. Así, las sociedades que contratan o subcontratan a empresas en concurso, con deudas con Hacienda , no pueden ser declaradas responsables subsidiarias de las mismas, si son requeridos por el juez o la administración concursal para pagar, aunque el concursado no haya conseguido el certificado de la Aeat, que sirve para exonerarle de esta responsabilidad.
Así lo reconoce el Departamento de Recaudación de la AEAT en un informe en el que se alegan razones de seguridad jurídica, siempre que los pagos de las obras se realicen a través del juez o de la administración concursal
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