domingo, 15 de mayo de 2011

Concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos) de particulares en la legislación concursal Española


En España, a diferencia de lo que sucede en países de nuestro entorno, son las sociedades mercantiles las que acuden a un procedimiento concursal. Para particulares no comerciantes, no hay un régimen jurídico concursal que favorezca tales situaciones, porque la solicitud del concurso, no tiene efectos suspensivos en procedimientos hipotecarios o arrendaticios.

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